تخطَّ إلى المحتوى
Nelum
قوانين تشيلي

Resolución Nº 5.851- Aprueba Sistema de Control, Inspección y Certificación de Carnes de Aves de los Estados Unidos de América para exportar sus productos a Chile

صدر في 2012-10-03 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
تشيلي
الموضوعات
Livestock, Food and nutrition
الكلمات المفتاحية
international trade, poultry, birds, food safety and quality, poultry products
الفئات
*

أين تقرؤه

    لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.

النص

نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.

  1. Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional APRUEBA SISTEMA DE CONTROL, INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE CARNES DE AVES, DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉ RICA PARA EXPORTAR SUS PRODUCTOS A LA REPÚBLICA DE CHILE, Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 441, DE 2008 (Resolución) Núm. 5.851 exenta.- Santiago, 3 de octubre de 2012.- Vistos: Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; DFL RRA Nº 16, de 1963, del Ministerio de Hacienda; resoluciones Nº 3.138 de 1999, Nº 3.817 de 2006 y Nº 441 y Nº 1.552, de 2008, todas del Servicio Agrícola y Ganadero. Considerando: 1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero es la Institución responsable de proteger, mantener e incrementar el patrimonio zoosanitario del país. 2. Que la resolución Nº 3.138, de 1999, dispone que la habilitación de establecimientos de producción pecuaria que deseen exportar a Chile, podrá ser efectuada por la autoridad sanitaria del país de procedencia. 3. Que el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América (USDA) puso a disposición del Servicio Agrícola y Ganadero los antecedentes necesarios para evaluar el Sistema de Inspección, Control y Certificación de carne de aves. 4. Que el Servicio Agrícola y Ganadero evaluó, tanto en forma documental como en terreno dicho sistema, concluyendo que es posible la aprobación del ya mencionado Sistema. Resuelvo: 1. Apruébase el Sistema de Control, Inspección y Certificación de carnes de aves de los Estados Unidos de América, para exportar sus productos a Chile. 2. Incorpórense los mataderos, frigoríficos y establecimientos procesadores de carne de aves domésticas considerados en el ‘‘Code of Federal Regulations’’ (CFR 9), comunicados oficialmente al SAG por el Servicio de Inspección y Seguridad Alimentaria (FSIS), en la nómina de establecimientos habilitados para exportar sus productos a Chile del sitio web institucional. 3. Dispóngase la auditoría periódica del Sistema de Inspección, Control y Certificación de establecimientos productores de carnes de aves de los Estados Unidos de América, o en situaciones que la condición sanitaria lo amerite. 4. Ríjase la internación de los productos para los cuales ha sido aprobado el Sistema, por las exigencias sanitarias específicas del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), y las regulaciones estipuladas por las autoridades competentes. 5. Derógase la resolución de este Servicio Nº 441, de 2008. Anótese, comuníquese y publíquese.- Horacio Bórquez Conti, Director Nacional (S).

Resolución Nº 5.851- Aprueba Sistema de Control, Inspección y Certificación de Carnes de Aves de los Estados Unidos de América para exportar sus productos a Chile · Nelum