Resolución Nº 5.340 - Prohíbese el uso de Fosfomicina en pollos broilers
صدر في 2020-08-05 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- الدولة
- تشيلي
- الموضوعات
- Livestock, Food and nutrition
- الكلمات المفتاحية
- animal health, drugs, poultry, birds, public health, poultry products
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Resolución 5340 EXENTA, AGRICULTURA (2020) Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 05-Ene-2021 página 1 de 1 Resolución 5340 EXENTA PROHÍBESE EL USO DE FOSFOMICINA EN POLLOS BROILERS MINISTERIO DE AGRICULTURA; SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA; SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO; DIRECCIÓN NACIONAL Fecha Publicación: 11-AGO-2020 | Fecha Promulgación: 05-AGO-2020 Tipo Versión: Única De : 11-AGO-2020 Url Corta: http://bcn.cl/2i1rm PROHÍBESE EL USO DE FOSFOMICINA EN POLLOS BROILERS Núm. 5.340 exenta.- Santiago, 5 de agosto de 2020. Vistos: La Ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto N° 25 del Ministerio de Agricultura, de 2005, que aprueba el Reglamento de Productos Farmacéuticos de Uso Exclusivamente Veterinario; el decreto del Ministerio de Agricultura N° 112 de 2018, que designa al Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución N° 7, de la Contraloría General de la República, de 2019, que fija normas sobre exención de toma de razón. Considerando: 1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es la autoridad encargada de regular los medicamentos veterinarios en la actividad pecuaria y prohibir aquellos que impliquen riesgo para la salud humana o animal. 2. Que, el Codex alimentarius ni la Agencia Europea de Medicamentos han establecido un límite máximo de residuos (LMR) para Fosfomicina. 3. Que, el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA) en su informe N° 88 de 2019 concluyó que no es posible determinar un LMR con la información disponible, proporcionada por el sponsor. 4. Que, Fosfomicina está incluida en la categoría de antimicrobianos críticos por la Organización Mundial de la Salud (OMS). 5. Que, es necesario restringir el uso en animales destinados al consumo humano. Resuelvo: 1. Prohíbese el uso de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario formulados con Fosfomicina o cualquiera de sus sales, en pollos broilers. 2. Las entidades titulares de la comercialización de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario que contengan Fosfomicina o cualquiera de sus sales, deberán presentar al Servicio el rotulado gráfico y resumen de las características del producto actualizados dentro del plazo de 90 días corridos, a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la presente resolución. Anótese, notifíquese y publíquese.- Horacio Bórquez Conti, Director Nacional, Servicio Agrícola y Ganadero. https://www.leychile.cl/