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قوانين تشيلي

Resolución Nº 3.442 - Establece Programa de autocontrol de dioxinas como requisito de exportación para carne de cerdo

صدر في 2011-05-18 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
تشيلي
الموضوعات
Food and nutrition
الكلمات المفتاحية
swine, international trade, meat, food safety and quality
الفئات
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  1. DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Nº 39.967 Martes 24 de Mayo de 2011 Cuerpo I - 13 Decreto: 1.- Nómbrase a don Herbert Morales Hidalgo, RUN Nº 13.300.357-6, como Síndico Privado de Quiebras, para que ejerza sus funciones en las Regio nes VI y Metropolitana. 2.- Inclúyase a don Herbert Morales Hidalgo en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada por el decreto Nº 1.071, de 10 de noviembre de 1983, del Ministerio de Justicia, publicada en el Diario Oficial el 10 de diciembre del mismo año. Anótese, tómese razón, notifíquese y publíque se.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presiden te de la República.- Felipe Bulnes Serrano, Ministro de Justicia. Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subse cretaria de Justicia. NOMBRA SÍNDICO DE QUIEBRAS A DOÑA XIMENA VERA BARRIENTOS Y LA INCLUYE EN LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS QUE INDICA Santiago, 8 de abril de 2011.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 236.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República; en la ley Nº 18.175, modificada por la ley Nº 20.004 e incorporada al Libro IV del Código de Comercio por la ley Nº 20.080, de 2005, con excepción de su Título II; el oficio Ord. S.Q. Nº 519, de 14 de marzo de 2011, de la Superintendenta de Quiebras; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y en la solicitud de la Sra. Vera Barrientos. Considerando: 1.- Que por decreto Nº 1.071, de 10 de noviembre de 1983, del Ministerio de Justicia, se fijó la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, publicada en el Diario Oficial el 10 de diciembre del mismo año. 2.- Que mediante oficio Ord. Nº 519, de 2011, de la Sra. Superintendenta de Quiebras remitió a esta Cartera de Estado documentación e informe positivo para efectuar el nombramiento e inclusión a la Tercera Nómina Nacional de Síndicos de la Sra. Vera Barrien tos. Decreto: 1.- Nómbrase a doña Ximena Vera Barrientos, RUN Nº 10.381.036-1, como Síndico Privado de Quiebras, para que ejerza sus funciones en todo el Territorio Nacional. 2.- Inclúyase a doña Ximena Vera Barrientos en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada por el decreto Nº 1.071, de 10 de noviembre de 1983, del Ministerio de Justicia, publicada en el Diario Oficial el 10 de diciembre del mismo año. Anótese, tómese razón, notifíquese y publíque se.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presiden te de la República.- Felipe Bulnes Serrano, Ministro de Justicia. Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subse cretaria de Justicia. NOMBRA SÍNDICO DE QUIEBRAS A DOÑA JULIANA CÓRDOVA CUEVAS Y LA INCLUYE EN LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS Santiago, 8 de abril de 2011.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 237.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República; en la ley Nº 18.175, modificada por la ley Nº 20.004 e incorporada al libro IV del Código de Comercio por la ley Nº 20.080, de 2005, con excepción de su título II; el oficio Nº 75, de 10 de enero de 2011, de la Sra. Superintendenta de Quiebras; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y en la solicitud de la Sra. Córdova Cuevas. Considerando: 1.- Que por decreto Nº1.071, de 10 de noviembre de 1983, del Ministerio de Justicia, se fijó la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, publicada en el Diario Oficial el 10 de diciembre del mismo año. 2.- Que mediante oficio Nº75, de 2011, de la Sra. Superintendenta de Quiebras remitió a esta Cartera de Estado documentación e informe positivo para efectuar el nombramiento e inclusión a la Tercera Nómina Nacional de Síndicos de la Sra. Córdova Cuevas. Decreto: 1.- Nómbrase a doña Juliana Córdova Cuevas, RUN Nº10.067.177-8, como Síndico Privado de Quie bras, para que ejerza sus funciones en las Regiones II, IV, V y Región Metropolitana. 2.- Inclúyase a doña Juliana Córdova Cuevas en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada por el decreto Nº 1.071, de 10 de noviembre de 1983, del Ministerio de Justicia, publicada en el Diario Oficial el 10 de diciembre del mismo año. Anótese, tómese razón, notifíquese y publíque se.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presiden te de la República.- Felipe Bulnes Serrano, Ministro de Justicia. Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subse cretaria de Justicia. Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional ESTABLECE PROGRAMA DE AUTOCON TROL DE DIOXINAS COMO REQUISITO DE EXPORTACIÓN PARA CARNE DE CERDO (Resolución) Núm. 3.442 exenta.- Santiago, 18 de mayo de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; las reso luciones Nº 3.673, de 1999, que ‘‘Crea el Proyecto de Control de Residuos de Productos Pecuarios de Ex portación’’, y Nº 1.032, de 2009, que ‘‘Establece Límites Máximos de Dioxinas y Bifenilos Policlora dos similares a Dioxinas en productos destinados a la alimentación animal’’, ambas del Servicio Agrícola y Ganadero. Considerando: 1. Que corresponde al Servicio Agrícola y Gana dero, en adelante el SAG, certificar la condición sanitaria y aptitud para el consumo humano de los productos pecuarios de exportación. 2. Que el comercio internacional ha establecido restricciones sanitarias relacionadas a la presencia de contaminantes, incluyendo las Dioxinas, Furanos y dl-PCB’s. 3. Que el primer responsable de la aptitud de consumo humano de los alimentos de origen pecuario es su elaborador. 4. Que el Programa Nacional de Control de Residuos considera un muestreo de acuerdo al riesgo de presentación de las sustancias pesquisadas, en todas las carnes elaboradas para la exportación. Resuelvo: 1. Establécese como requisito para la autoriza ción de la exportación de carne de cerdo a cualquier mercado, la implementación por parte de los interesa dos de un programa de autocontrol de la presencia de residuos de Dioxinas, Furanos y dl-PCB’s, el cual deberá cumplir a lo menos los siguientes requisitos: a) Los antecedentes de la definición del núme ro de muestras a tomar deberán estar dispo nibles para el SAG. b) El programa deberá incluir las acciones que seguirán los interesados en los hallazgos sospechosos y positivos, a fin de que el SAG verifique la implementación de estas accio nes. c) El análisis de las muestras sólo podrá ser realizado en laboratorios nacionales, acre ditados por el SAG para el análisis de dioxi nas, o laboratorios internacionales recono cidos por el SAG, tanto para el método de Screening como para los confirmatorios. d) Los resultados de los análisis de las mues tras del programa de autocontrol implemen tado deberán ser comunicados simultánea mente a los interesados y al SAG para regis trarlos como antecedentes históricos de cada empresa. e) El programa de autocontrol presentado debe estar en conocimiento de los interesados, incluyendo productores y faenadores, y esto debe tener respaldos auditables. 2. Si el programa de autocontrol reúne todas las condiciones señaladas en el resuelvo 1., el SAG in cluirá los antecedentes históricos capturados en este programa de autocontrol para definir las acciones correspondientes, cuando se obtengan resultados sos pechosos y positivos en el programa oficial. Anótese, comuníquese y publíquese.- Horacio Bórquez Conti, Director Nacional (S) Servicio Agrí cola y Ganadero. Cuerpo1(24-05).P65 23-05-2011, 20:1213

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