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قوانين تشيلي

Resolución Nº 284 - Crea la Comisión nacional asesora en materia fitosanitaria forestal

صدر في 2001-02-06 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
تشيلي
الموضوعات
Forestry
الكلمات المفتاحية
institution, forestry protection measures, pests/diseases, forest management/forest conservation, governance

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النص

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  1. Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional CREA COMISION NACIONAL ASESORA EN MATERIA FITOSANITARIA FORESTAL Resolución Núm. 284 exenta.- Santiago, 6 de febrero de 2001.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el Acuerdo de Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio; lo indicado en el decreto supremo Nº 123, de 11 de marzo de 2000, del Ministerio de Agricultura; las facultades que invisto como Director Nacional de la Institución. Considerando: 1.- Que el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es el Organismo Oficial Fitosanitario del país. 2.- Que el país suscribió en 1994 el Acuerdo de Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio, OMC, ante el cual el Servicio es el organismo oficial de notificación. 3.- Que resulta conveniente y necesario articular la acción en materia fitosanitaria forestal con el sector productor, exportador, académico y de investigación, contando con una instancia de alto nivel que asesore al Director Nacional. Resuelvo: 1.- Créase la Comisión Nacional Asesora en Materia Fitosanitaria Forestal en el Servicio Agrícola y Ganadero, de carácter asesor del Director Nacional, cuya función será constituir una instancia de análisis en esa materia y de articulación entre los diferentes sectores involucrados. 2.- La Comisión Nacional señalada será presidida por el Director Nacional del Servicio y su Secretario Ejecutivo será el Jefe del Subdepartamento Defensa Agrícola del mismo Servicio, y estará integrada por los siguientes representantes de las instituciones y organismos que se indican: 1.- El Director Nacional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (ODEPA) o quien éste designe. 2.- El Presidente de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA) o quien éste designe. 3.- El Presidente de la Corporación de la Madera (CORMA) o quien éste designe. 4.- El Director Ejecutivo del Instituto Forestal o quien éste designe. 5.- El Gerente de Controladora de Plagas Forestales S.A. o quien éste designe. 6.- El Director Nacional de la Corporación Nacional Forestal (CONAF) o quien éste designe. 7.- La Sra. Amanda Huerta, Ingeniero Forestal de la Universidad de Chile. 8.- El Jefe del Departamento Protección Agrícola del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) o quien éste designe. 9.- El Coordinador del Programa Nacional de Detección y Control de Plagas Forestales o quien éste designe. 10.- El Encargado Nacional de Vigilancia Fitosanitaria Forestal del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) o quien éste designe. 11.- Representantes de otras instituciones u organismos, y especialistas, especialmente invitados por el Director Nacional. 3.- Déjase establecido que la presente resolución no crea cargos ni funciones ni compromete recursos presupuestarios del Servicio Agrícola y Ganadero. Anótese, transcríbase y publíquese.- Lorenzo Caballero Urzúa, Director Nacional.

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