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قوانين تشيلي

Resolución Nº 257 - Crea la Comisión nacional asesora en materias zoosanitarias

صدر في 2001-02-01 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
تشيلي
الموضوعات
Livestock
الكلمات المفتاحية
animal health, institution, governance

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النص

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  1. Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional CREA COMISION NACIONAL ASESORA EN MATERIAS ZOOSANITARIAS Resolución Núm. 257 exenta.- Santiago, 1 de febrero de 2001.- Vistos: Lo dispuesto en la ley N°18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; en el DFL RRA 16 de 1963, Ley de Sanidad Animal; el Acuerdo de Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio; lo indicado en el decreto supremo N°123, de 11 de marzo de 2000, del Ministerio de Agricultura y las facultades que invisto como Director Nacional de la institución. Considerando: 1.- Que el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es el organismo oficial zoosanitario de Chile, reconocido por la Oficina Internacional de Epizootias (O.I.E.). 2.- Que el Servicio es el organismo público que coordina los intercambios comerciales de productos y subproductos pecuarios de riesgo para los animales, siendo la contraparte oficial de los Acuerdos Multilaterales y Bilaterales suscritos por Chile en materias zoosanitarias. 3.- Que resulta conveniente y necesario articular la acción en materias zoosanitarias con el sector productor, exportador, académico y de investigación, contando con una instancia de alto nivel que asesore al Director Nacional en dichas materias. Resuelvo: 1.- Créase la Comisión Nacional Asesora en Materias Zoosanitarias en el Servicio Agrícola y Ganadero, de carácter asesor del Director Nacional, cuya función será constituir una instancia de análisis y articulación entre los diferentes sectores involucrados, en el ámbito de sanidad animal, calidad agroalimentaria y desarrollo de mercados. 2.- La Comisión Nacional señalada, será presidida por el Director Nacional del Servicio y su Secretario Ejecutivo será el jefe del Departamento de Protección Pecuaria del mismo Servicio, y estará integrada por los siguientes representantes de las instituciones y organismos que se indican: • El Presidente de la Asociación de Facultades y Escuelas de Medicina Veterinaria o quien éste designe. • El Presidente del Colegio Médico Veterinario de Chile (A.G.) o quien éste designe. • El Presidente de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA) o quien éste designe. • El Presidente de la Asociación de Productores de Aves (APA) o quien éste designe. • El Presidente de la Asociación de Productores de Cerdos (Asprocer) o quien éste designe. • El Presidente de la Federación Gremial de Productores de Carne (Fedecarne) o quien éste designe. • El Presidente de la Federación de Productores de Leche (Fedeleche) o quien éste designe. • El Presidente de la Asociación de Ganaderos de Magallanes (Asogama) o quien éste designe. • El Jefe de la División Salud Ambiente (Disam) o quien éste designe. • El Director Nacional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (Odepa) o quien éste designe. • Representantes de otras instituciones u organismos especialmente invitados por el Director Nacional. 3.- Déjase establecido que la presente resolución no crea cargos ni funciones ni compromete los recursos presupuestarios del SAG. Anótese, transcríbase y publíquese.- Lorenzo Caballero Urzúa, Director Nacional.

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