Resolución Nº 257 - Crea la Comisión nacional asesora en materias zoosanitarias
صدر في 2001-02-01 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- European Union
- الدولة
- تشيلي
- الموضوعات
- Livestock
- الكلمات المفتاحية
- animal health, institution, governance
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Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional CREA COMISION NACIONAL ASESORA EN MATERIAS ZOOSANITARIAS Resolución Núm. 257 exenta.- Santiago, 1 de febrero de 2001.- Vistos: Lo dispuesto en la ley N°18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; en el DFL RRA 16 de 1963, Ley de Sanidad Animal; el Acuerdo de Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio; lo indicado en el decreto supremo N°123, de 11 de marzo de 2000, del Ministerio de Agricultura y las facultades que invisto como Director Nacional de la institución. Considerando: 1.- Que el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es el organismo oficial zoosanitario de Chile, reconocido por la Oficina Internacional de Epizootias (O.I.E.). 2.- Que el Servicio es el organismo público que coordina los intercambios comerciales de productos y subproductos pecuarios de riesgo para los animales, siendo la contraparte oficial de los Acuerdos Multilaterales y Bilaterales suscritos por Chile en materias zoosanitarias. 3.- Que resulta conveniente y necesario articular la acción en materias zoosanitarias con el sector productor, exportador, académico y de investigación, contando con una instancia de alto nivel que asesore al Director Nacional en dichas materias. Resuelvo: 1.- Créase la Comisión Nacional Asesora en Materias Zoosanitarias en el Servicio Agrícola y Ganadero, de carácter asesor del Director Nacional, cuya función será constituir una instancia de análisis y articulación entre los diferentes sectores involucrados, en el ámbito de sanidad animal, calidad agroalimentaria y desarrollo de mercados. 2.- La Comisión Nacional señalada, será presidida por el Director Nacional del Servicio y su Secretario Ejecutivo será el jefe del Departamento de Protección Pecuaria del mismo Servicio, y estará integrada por los siguientes representantes de las instituciones y organismos que se indican: • El Presidente de la Asociación de Facultades y Escuelas de Medicina Veterinaria o quien éste designe. • El Presidente del Colegio Médico Veterinario de Chile (A.G.) o quien éste designe. • El Presidente de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA) o quien éste designe. • El Presidente de la Asociación de Productores de Aves (APA) o quien éste designe. • El Presidente de la Asociación de Productores de Cerdos (Asprocer) o quien éste designe. • El Presidente de la Federación Gremial de Productores de Carne (Fedecarne) o quien éste designe. • El Presidente de la Federación de Productores de Leche (Fedeleche) o quien éste designe. • El Presidente de la Asociación de Ganaderos de Magallanes (Asogama) o quien éste designe. • El Jefe de la División Salud Ambiente (Disam) o quien éste designe. • El Director Nacional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (Odepa) o quien éste designe. • Representantes de otras instituciones u organismos especialmente invitados por el Director Nacional. 3.- Déjase establecido que la presente resolución no crea cargos ni funciones ni compromete los recursos presupuestarios del SAG. Anótese, transcríbase y publíquese.- Lorenzo Caballero Urzúa, Director Nacional.