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قوانين تشيلي

Resolución Nº 2.586 - Se declara la inaplicabilidad del artículo 4º de la Ley Nº 20.632, sobre asociación de pescadores artesanales, inscripción de recursos marinos y extensión de área de operación artesanal

صدر في 2012-11-12 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
تشيلي
الموضوعات
Fisheries and aquaculture
الكلمات المفتاحية
marine fisheries, non-governmental entity, artisanal fisheries

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النص

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  1. Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura Dirección Nacional EXTRACTO DE RESOLUCIÓN N° 2.586 EXENTA, DE 2012 Por resolución exenta Nº 2.586, de fecha 12 de noviembre de 2012, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, se declara la inaplicabilidad del artículo 4º de la ley Nº 20.632, que ordena incorporar en el Registro Pesquero Artesanal los recursos Anchoveta y Sardina Común a los armadores artesanales, y sus embarcaciones, que tengan como caleta base la Isla Santa María, en VIII Región del Biobío, que durante el año 2011 hayan informado capturas a este Servicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en el marco de Pescas de Investigación autorizadas por la Subsecretaría de Pesca, por no cumplirse en la especie los requisitos exigidos por dicho precepto legal, siendo por tanto improcedente la incorporación de los citados recursos. El texto íntegro de la citada resolución y el informe técnico respectivo se encuentran publicados con esta fecha en el dominio electrónico del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. Valparaíso, 19 de noviembre de 2012.- Ana María Urrutia Garay, Directora Nacional (S).

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