Resolución Nº 2.569 - Suspende por cuatro años la inscripción en el registro artesanal de la XII Región en la sección pesquería del recurso centolla
صدر في 1999-12-27 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- European Union
- الدولة
- تشيلي
- الموضوعات
- Fisheries and aquaculture
- الكلمات المفتاحية
- marine fisheries, crustaceans, artisanal fisheries, total allowable catch, seasons, fishery management and conservation, aquatic animals
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SUSPENDE TRANSITORIAMENTE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO ARTESANAL DE LA XII REGION EN PESQUERIA QUE INDICA Resolución Núm. 2.569.- Valparaíso, 27 de diciembre de 1999.- Visto: Lo informado por el Departamento de Pesquerías de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum Técnico (R.Pesq.) Nº 75, de 26 de noviembre de 1999; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en el D.F.L. Nº 5 de 1983; el oficio Nº 1.677 de 2 de diciembre de 1999, de la Subsecretaría de Pesca dirigido al Consejo Zonal de Pesca de la XII Región y Antártica Chilena; lo informado por el Consejo Zonal de Pesca de la XII Región y Antártica Chilena mediante oficio Nº 133, de 22 de diciembre de 1999; la resolución Nº 2.164, de 1996, de esta Subsecretaría. Considerando: Que la pesquería del recurso Centolla Lithodes antarcticus se mantiene en estado de plena explotación en todo el litoral de la XII Región. Que la Ley General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430, citado en Visto, establece en su artículo 50 la facultad y el procedimiento para suspender transitoriamente por categoría de pescador artesanal y por pesquería, la inscripción en el Registro Artesanal en una o más regiones. Que el informe técnico del Consejo Zonal de Pesca señalado en Visto, aprueba la prórroga de la medida de suspensión transitoria de la inscripción en el Registro Artesanal en las categorías correspondientes, para operar sobre el recurso Centolla en el litoral de la XII Región, por un período de cinco años. Resuelvo: Suspéndase transitoriamente, a contar del 1 de enero del año 2000 y hasta el 31 de diciembre del año 2004, ambas fechas inclusive, la inscripción en el Registro Artesanal de la XII Región, en todas sus categorías, en la sección pesquería del recurso Centolla Lithodes antarcticus, por mantenerse esta pesquería en el estado de plena explotación en dicha región. Asimismo, suspéndanse por igual período las inscripciones en el Registro Artesanal de la XII Región, de todas las especies que constituyan fauna acompañante del recurso Centolla, con trampas. Anótese, notifíquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría.- Juan Manuel Cruz Sánchez, Subsecretario de Pesca.