Resolución Nº 2.534 - Modifica Resolución Nº 1.449 de 2009, que establece medidas de manejo sanitario por área
صدر في 2011-12-14 · النص بتاريخ 2026-10-01
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- fish diseases, marine fishes, diadromous fish, animal health, aquatic animals
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Cuerpo J - 8 DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE ,Jueves 29 de Diciembre de 2011 Servicio Nacional de Pesca MODIFICA RESOLUCION N° 1.449 EXENTA, DE 2009, QUE ESTABLE CIO MEDIDAS DE MANEJO SANITARIO POR AREA, EN LA ACTUALIDAD AGRUPACIONES DE CONCESIONES (Resolucion) N ùm. 2.534 exenta.- Valparaiso, 14 de dic iembre de 2011. - V isto: Lo dispuesto en e l DFL N° 5, de 1983; e l DS 430, de 199 1, que fija e l texto refundid o, coordinado y s is tematizado de la ley N° 18.892, Ley General de Pesca y Acuicu l tura, y sus modificaciones; la ley N° 20.434; la ley N° 19 .880; e l DS N° 3 19, de 2001 , del M inisterio de Econom ia, Fomento y Reconstrucci6n , actualmente M inisterio de Economia, Fomento y Turismo, que aprueba e l Reglamento sobre Medidas de Protecci6n, Control y Erradicaci6n de Enfermedades de A lto Riesgo para las Especies Hidrobiol6gicas, y sus modificac iones; la resoluc i6n exenta N° 1.449 , de 2009, de este Serv ic io, publicada en e l Diario Oficial de fecha 26 de junio de 2009, modificada por las resoluciones exentas N°2.273, de 2009, N° 1.897, de 20 10, y N° 1.381, de 201 1, todas del Servic io Nacional de Pesca; la resoluc i6n exenta N° 1.896, de 20 11 , de la Subsecretaria de Pesca, y la resoluc i6n ° 1.600, de 2008, de la Contra loria General de la R epùblica. Considerando: 1 ° Que, en virtud de lo dispuesto en e l numera l 52) del artfcu lo 2° de la Ley General de Pesca y Acuicultura, la Subsecretaria de Pesca establec i6 porresoluc i6n exenta N° 1.896, c itada en V isto, las agrupac iones de concesiones de acuicultura de salm6nidos en la X Regi6n de Los Lagos y XI Reg i6n de Aysén del Genera l Carlos lbai'iez del Campo. 2° Que, de acuerdo a lo dispuesto en e l numeral 2.- de la c itada reso luci6n, en concordancia con el articulo 3° de la ley N° 20.434, continuaran aplicandose a las agrupaciones de salm6nidos de la X y XI Regio nes las resoluc io nes de este Servic io que hayan establec ido medidas sanitar ias arm6nicas para los centros incluidos en e l las. 3° Que esa misma resoluci6n establece que correspondera a este Servic io modificar, en lo que sea pertinente, la resoluci6n N° 1.449, mod ificada por las resoluciones N°s. 2 .273, 1.897 y 1.38 1, todas citadas en Visto, que estableci6 medidas de manejo sanitarias para los centros de cultivo integrantes de a reas de manejo sanitario, hoy agrupacio nes de concesiones, en cuanto éstas hayan sido modificadas por esa resoluci6n. 4° Que, ademas, se precisa incorporar otras modificacio nes. Resuelvo: Artfculo primero: Modificase e l cuadro de perfodos de descanso conten ido en e l inciso final del articulo tercero de la resoluc i6 n exenta N° 1.449, de 2009, modificada por las resoluciones exentas N°2.273, de 2009, N° 1.897, de 20 10, y N° 1 .381 , de 20 11, todas de este Servic io, que estableci6 med idas de manejo sanitario por area, hoy agrupaciones de conces iones, en e l sentido siguiente: a) Incorporar los s iguientes segundo y tercer perfodos de descanso de la agrupaci6 n de concesiones 18 D correspond iente a la XI Regi6n: ' 'Noviembre 2011 - Enero 20 12" y " Octubre - Diciembre 20 13 ", respectivamente. b) I ncorporar los s igu ientes segundo y tercer perfodos de descanso de la agrupac i6 n de concesiones 28 A correspond iente a la X I Regi6n: " Enero Marzo 20 14" y " Enero - Marzo 20 16", respectivamente. c) Incorporar los s ig uientes primer y segundo periodos de descanso para las agrupacio nes de concesiones de la X I Regi6n 18 E, 25 A, 25 B y 28 C: Real6n ACS 1er. Descanso 2do.Descanso XI 18 E Enero - Marzo 2012 Abril - Junio 2014 XI 25A Octubre - Diciembre 2014 Enero - Marzo 2017 XI 25 B Enero - Marzo 2014 Abri! - Junio 2016 XI 28C Junio - Agosto 2012 Junio -Agosto 2014 Articulo segundo: En virtud de la modificac i6n precedente, el cuadro de per[odos de descanso sani tario contenido en e l inciso final del articulo tercero de la reso luci6n exenta 1.449, de 2009, se sustituye por el siguiente : RAnl6n ACS X 1 X 2 X 3A X 3B X 6 X 7 X 8 X 9A X 9B X 9C X 10A X 10 B X 11 X 12 A X 12 B X 12 C X 13 X 14 X 15 X 16 X 17 A X 17 B X I 18 A XI 18 B XI 18 C XI 18 D XI 18 E XI 19 A XI 19 B XI 19 C XI 20 XI 21 A XI 21 B XI 21 C XI 22 A XI 22 B XI 22 C XI 22 D XI 23 A XI 23 B XI 23 C XI 24 XI 25A XI 25 B XI 26 A XI 26 B XI 27 XI 28 A XI 28 B XI 28C XI 29 XI 30A XI 30 B XI 31 A XI 31 B XI 32 XI 33 XI 34 XI 35 1er. Descanao Enero - Marzo 2011 Octubre - D iciembre 2010 Abril - Junio 2009 Enero - Marzo 201 O Diciembre 2009 Febrero 2010 Enero - Marzo 2011 Mayo - Julio 2009 Enero - Marzo 2011 Febrero - Abril 2010 Enero - Marzo 2009 Agosto - Octubre 2012 Febrero -Abril 2010 Enero - Marzo 2010 Mayo - Julio 2011 Mayo - Julio 2012 Mayo - Julio 2012 Octubre - Diciembre 2009 Junio - Agosto 2009 Abril - Junio 2009 Diciembre 2009 Febrero 2010 Mayo - Julio 2010 Agosto - Octubre 2010 Mayo - Julio 2009 Enero - Marzo 2010 Agosto - Oct ubre 2010 Octubre - Oiciembre 2009 Enero - Marzo 2012 Julio - Septiembre 2010 Marzo - Mayo 2009 Julio- Septiembre 2009 Julio - Septiembre 2009 Junie - Agosto 2010 Julio - Septiembre 2010 Oiciembre 2009 Febrero 2010 Abril - Junie 2010 Mayo - Julio 2009 Octubre - Diciembre 2011 Junie - Agosto 2010 Febrero - Abril 2011 Mayo - Julio 2010 Enero - Marzo 2011 Julio - Septiembre 2011 Octubre - Diciembre 2014 Enero - Marzo 2014 Abril - Junie 201 1 Enero - Marzo 2013 Octubre - Diciembre 2011 Enero - Marzo 2012 Enero - Marzo 2011 Junie - Agosto 2012 Diciembre 2009 Febrero 2010 Abril - Junio 201 1 Marzo - Mayo 2010 Mayo - Julio 2009 Septiembre Noviembre 2010 Febrero - Abril 2010 Agosto - Octubre 2010 Junie - Agosto 2011 Julio - Septiembre 2009 N" 40.147 2do.Descanao 3er. Deacanao Enero - Marzo 2013 Enero - Marzo 2015 Enero - Marzo 2013 Enero - Marzo 2015 Agosto - Octubre 2011 Noviembre 2013 - Enero 2014 Abril - Junio 2012 Febrero - Abril 2014 Diciembre 2011 - Diciembre 2013- Febrero 2014 Febrero 2012 Enero - Marzo 2013 Enero - Marzo 2015 Agosto - Octubre 2011 Noviembre 2013- Enero 2014 Marzo - Mayo 2013 Marzo - Mayo 2015 Mayo - Julio 2012 Mayo - Julio 2014 Abril - Junio 2011 Abril - Junio 2013 Agosto - Octubre 2014 Agosto - Octubre 2016 Abril - Junio 2012 Abril - Junio 2014 Enero - Marzo 2012 Enero - Marzo 2014 Mayo - Julio 2013 Mayo - Julio 2015 Mayo - Julio 2014 Mayo - Julio 2016 Mayo - Julio 2014 Mayo - Julio 2016 Octubre - Diciembre Octubre - Diciembre 2013 2011 Junio - Agosto 2011 Junio - Agosto 2013 Julio - Septiembre 201 1 Julio - Septiembre 2013 Diciembre 2011 Diciembre 2013 - Febrero 2014 Febrero 2012 Mayo - Julio 2012 Mayo - Julio 2014 Enero - Marzo 2013 Enero - Marzo 2015 Junio - Agosto 2011 Septiembre - Noviembre 2013 Abril - Junie 2012 Abril - Junie 2014 Noviembre 2012 - Enero Noviembre 2014 - Enero 2015 2013 Noviembre 2011 - Enero Oct ubre - Oiciembre 2013 2012 Abril - Junie 2014 Agosto - Octubre 2012 Agosto - Octubre 2014 Junie - Agosto 2011 Junie - Agosto 2013 Julio - Septiembre 2011 Julio - Sept iembre 2013 15 agosto - 15 Noviembre Agosto - Octubre 2013 2011 Diciembre 2012 - Febrero 2013 Marzo - Mayo 2015 Octubre - Oiciembre 2012 Enero - Marzo 2015 Marzo - Mayo 2012 Junie - Agosto 2014 Julio - Septiembre 2012 Octubre - Oiciembre 2014 Agosto - Octubre 2011 Noviembre 2013 - Enero 2014 Enero - Marzo 2014 Abril - Junie 2016 Septiembre - Noviembre Oiciembre 2014 - Febrero 2015 2012 Mayo - Julio 2013 Agosto - Octubre 2015 Agosto - Octubre 2012 Noviembre 2014 - Enero 2015 Abril - Junie 2013 Julio - Septiembre 2015 Octubre - Oiciembre 2013 Enero - Marzo 2016 Enero - Marzo 2017 Abril - Junie 2016 Abril - Junie 2013 Julio - Septiembre 2015 Enero - Marzo 2015 Enero - Marzo 2017 Noviembre 2013 - Enero 2014 Febrero - Abril 2016 Enero - Marzo 2014 Enero - Marzo 2016 Abril - Junio 2013 Julio - Septiembre 2015 Junio - Agosto 2014 Octubre - Oiciembre 2012 Enero - Marzo 2015 Abril - Junio 2013 Abri l - Junio 2015 Junie - Agosto 2012 Septiembre - Noviembre 2014 Agosto - Octubre 2011 Noviembre 2013 - Enero 2014 Diciembre 2012 - Febrero 2013 Marzo - Mayo 2015 Abril - Junie 2012 Abril - Junie 2014 Noviembre 2012 - Enero Febrero - Abril 2015 2013 Septiembre - Noviembre Oiciembre 2015 - Febrero 2016 2013 Octubre - Diciembre 201 1 Enero - Marzo 2014 N° 40.147 DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE .Jueves 29 de Diciembre de 2011 Cuerpo 1-9 Articulo tercero: Sustitùyese e l art[culo quinto de la resoluc i6n N° 1.449 antes c itada, por el s ig uiente: " Por dispos ic i6n del art[cul o 86 de la Ley Genera l de Pesca y Acu icultura, la infracci6n de lo di spuesto en la presente resoluc i6n se sanc ionara conforme a las dispos ic iones del T[tulo IX de esa ley, en re lac i6n a l art[culo 77 del DS 319 citado en Vistos, con excepci6 n de aquellos casos en que proceda la ap licaci6 n de lo dispuesto en e l art[culo 118 ter de la Ley Gene ra i de Pesca y Acu icu ltura.'' . Articulo cuarto: En lo no modificado por la presente resoluc i6n, permanece vigente lo dispuesto en la reso luci6n N° 1.449, de 2009, del Servic io Nacional de Pesca. Articulo quinto: La presente resoluci6n podra ser impugnada por la interpo s ic i6n del recurso de repos ic i6n contemplado en e l art[culo 59 de la ley N° 19.880, ante este mismo Servic io y dentro del plazo de 5 d[as hab iles contados desde la respectiva notificaci6n, sin perjuicio de la ac laraci6n del acto, dispuesta en e l art[culo 62 del citado cuerpo legal y de las demas acc iones y recursos que procedan de conformidad con la normativa vigente. An6tese y publfquese en e l Dia rio Oficial.-Juan Lui s Ansoleaga Bengoechea, Director Nacional. Ministerio de Planificacion NOMBRA A DON ALIRO CAIMAPO OY ARZO COMO SECRET ARIO REGIONAL MINISTERIAL DE PLANIFICACIÔN Y COORDINACIÔN DE LA REGION METROPOLITANA Santiago, 12 de octubre de 2011.- Hoy se decret6 loque s igue: N ùm. 10 1.- Visto: Lo dispuesto en la Ley N° 18.989, Organica del Ministerio de Planificaci6n; en e l decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija e l texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, Estatuto Administrativo; en la Ley N° 19. 175, Organica Constitucional de Gob ierno y Adm inistrac i6 n Regional, cuyo texto refundido, coordinado y s istema tizado fue fijado por e l decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio del lnterior; en la ley N° 20.48 1, de Presupuestos del Sector Pùbl ico para e l aiio 201 1; en la resoluci6n N° 1.600, de 2008 , de la Contra lor[a Genera l de la Repùblica; y las fac ultades que me confiere e l art[culo N° 32 de la Constituci6n Polftica de la Repùblica; Considerando: Que, e l cargo que se provee por intermedio del presente decreto supremo es de exc lusiva confianza de SE e l Presidente de la Repùblica de Ch ile. Que, e l Ministerio de Planificaci6n cuenta con los fo ndos di sponibles para cursar e l presente nombramiento. Decreto: 1°.-N6mbrase,acontardel 1 deoctubrede2011 ,adonAliroCaimapoOyarzo, RUN N° 7.523.948-3, en e l cargo de Secretario Regional Ministerial , grado 4 de la Escala Ünica de Sueldos, Planta de Directivos del M inisterio de Planificaci6n, en la Secretar[a Regional Ministerial de Planificaci6n y Coordinaci6n de la Regi6n Metropol itana. 2°.- La persona nombrada, por razones impostergables de buen servicio, asumira sus funciones en la fecha antes seiialada de conformidad a lo dispuesto en e l art[culo 16 del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004 del Mini sterio de Hacienda, que fija e l texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, Estatuto Adm inistrativo, s in esperar la total tramitaci6n de este decreto. 3°.- Impütese e l gasto que demande e l cumplimiento del presente acto adm in istrati vo a la partida 2 1 cap[tulo O 1, programa O 1, subt[tulo 21 " Gastos en Personal", del presupuesto vigente del M inisterio de Planificaci6n (Serplac Regi6n Metropolitana). An6tese, t6mese raz6n, com un[quese y publfquese.- SEBASTIAN PTNERA ECHENIQUE, Presidente de la Repùblica.- Joaqu[n Lav[n Infa nte, Ministro de Planificaci6n. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., M. Soledad Arellano Schm idt, Subsecretaria de Planificaci6n. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones SUBSECRETARIA DE TELECOMU ICAClONES MODIFICA NORMA DE INDICADORES DE CALIDAD DE ENLACES DE CONEXIÔN PARA CURSAR TRA.FICO DE INTERNET Y SISTEMA DE PUBLICIDAD DE LOS MISMOS, RESOLUCIÔN N° 698 EXENTA, DE 2000, Y FIJA TEXTO REFUNDIDO DE LA MISMA (Resolucion) Santiago, 22 de diciembre de 2011.-Con esta fecha se ha resue lto loque s igue: N ùm. 7 .268 exenta.- Vistos: a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que cre6 la Subsecretar[a de Telecomunica ciones, en adelante e indistintamente la Subsecretarfa o Subte l; b) La Ley N° 18. 168, General de Te lecomunicaciones; c) La ley N° 20.453, de 20 10, del Ministerio de Transportes y Telecomunicacio nes, que consagra e l Princip io de Neutralidad de la Red para los Consumidores y Usuarios de Internet; d) El decreto supremo N° 368, de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento que regula las caracterfsticas y condicio nes de la Neutralidad de la Red en e l servicio de Acceso a Internet; e) La reso luci6n exenta N° 1.483, de 1999, de la Subsecretarfa, que fija procedimiento y plazo para establecer y aceptar conex io nes entre ISP; t) La resoluc i6n ex enta N° 698, de 2000, de la Subsecretarfa, q ue fij6 indicadores de cal idad de los en laces de conex i6n para cursarel trafico nacional de internet y sistema de public idad de los mismos; g) La resoluci6n exenta N° 159, de 2006, de la Subsecretarfa de Te lecomunica ciones, que crea e l S istema de Transferenc ia de Informaci6n; h) Resoluci6n exenta N° 3.729, de 20 11 , q ue aprueba protocolo para las med i ciones de indicadores establecidos en Reglamento que regula las caracter[s ticas y cond iciones de la Neutralidad de la Red en e l serv ic io de Acceso a Internet; i) La resoluci6n N° 1.600, de 2008, de la Contra lor[a General de la Repùblica, que fija normas sobre exenci6n del tramite de toma de raz6n. Considerando : a) Que corresponde al Ministeriode Transportes y Telecomunicaciones, a través de la Subsecretarfa, controlar y supervigilar e l correcto funcionam iento de los servicios pùblicos de telecomunicaciones y la protecci6n de los derechos de los usuarios; b) Que, vista la nueva regulaci6n sobre las caracter[st icas y condiciones de la Ne utra lidad de la Red en e l Serv ic io de acceso a Internet, se adv ierte la necesidad de actua li za r la re so lu c i6n exenta N°698, de 2000, c itada en la letra f) de los V istos, con e l objeto de co ntar con una norma que se traduzca en la di spos ici6n de informaci6n realmen te rep resentat iva del funcionamiento y / u operac i6 n c ual itat iva del se rvicio de acceso a Internet, y que dicha info rm ac i6n sea entregada e n forma transparente y no di scriminatoria por parte de los ISP correspo ndie n tes, para co ntri bu ir a l desarrollo permanen te de la red Internet, y en uso de mis atr ibu c iones lega les, Resuelvo: Articulo primero.- Apruébense las siguientes mod ificaciones a la resoluci6n exenta N°698, de 2000, citada en la letra t) de los Vistos, que fija indicadores de calidad de los en laces de conexi6n para cursar e l trafico nacional de internet y s istemas de publicidad de los mismos, en e l siguiente sentido: 1. Reemplacese la parte resolutoria de la resoluci6n exenta N° 698, de 2000, c itada en la letra f) de los Vistos, por la sigu iente: " Resuelvo: F[jase la siguiente norma técnica para e l establecimiento de los indicadores de calidad de los enlaces de conexi6n para cursar trafico nacional e internacional de internet, con e l correspondiente s istema de publicidad para que puedan ser conoc idos por todos los usuarios correspondientes. " . 2. Agréguese en e l art[culo 1°, lo siguiente: " I) Serv ic io de Enlaces Internac iona les : Servic io de transmisi6n de datos que permite a los ISP's obtener una conexi6n internacional para acceder a la red de datos de internet. "