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قوانين تشيلي

Resolución Nº 2.409 - Incorpora a nómina establecida por Resolución Nº 1.856 de 1997, las sustancias aditivas que señala

صدر في 2000-09-25 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

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عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
تشيلي
الموضوعات
Livestock
الكلمات المفتاحية
animal feed/feedstuffs, drugs, animal health

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  1. INCORPORA A NOMINA ESTABLECIDA POR RESOLUCION Nº1.856 DE 1997, SUSTANCIAS ADITIVAS QUE SEÑALA Resolución Núm. 2.409 exenta.- Santiago, 25 de septiembre de 2000.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo Nº9, del decreto supremo Nº307, del 25 de octubre de 1979, del Ministerio de Agricultura y en la ley Nº18.755, de 1989, modificada por la ley Nº19.283, de 1997, y la resolución de este Servicio Nº1.856, de 1997; Considerando: 1. Que es útil la incorporación de sustancias aditivas en los alimentos con objetivos de prevenir enfermedades y mejorar el nivel de conversión alimenticia en animales. 2. Que por los antecedentes técnicos estudiados, las sustancias aditivas Zeolitas naturales (aluminiosilicatos naturales hidratados) y el principio activo Halquinol, no revisten peligro para la salud animal. Resuelvo: Artículo 1. Incorpórase en la nómina de aditivos establecidos por resolución Nº1.856, de 11 de julio de 1997, en el grupo P) la Zeolita natural que corresponde a aluminiosilicatos naturales, para la alimentación de broilers, gallinas ponedoras, patos, pavos, cerdos en fase de destete y engorde, novillos en engorde y vacas lecheras, conejos, caprinos y peces; y el Halquinol (clorohidroxiquinolina) en broilers, gallinas ponedoras, cerdos en fase de destete y engorde. Artículo 2. Establécense como niveles de incorporación de estos aditivos, los siguientes: Aditivo Especie Animal Contenido en Alimento Completo Zeolita Natural Broilers 2 - 6 Kg./ton. Gallinas Ponedoras 2 - 6 Kg./ton. Pavos 2 - 6 Kg./ton. Patos 2 - 6 Kg./ton. Cerdos destete 2 - 6 Kg./ton. Cerdos en engorde 2 - 6 Kg./ton. Conejos 2 - 6 Kg./ton. Caprinos 2 - 6 Kg./ton. Peces 2 - 6 Kg./ton. Novillos en engorde 2 - 6 Kg./ton. Vacas lecheras 2 - 6 Kg./ton. Halquinol Broilers 50 g./ton. Gallinas ponedoras; Inicial crecimiento 1 día - 8ª semana 100 g./ton. Ración de mantención 9ª - 16ª semana 50 g./ton. Ración de producción 17ª semana - ciclo postura 100 g./ton. Cerdos Fase inicial crecimiento 200 g./ton. Fase terminación 100 g./ton. Artículo 3. El comercio de los productos señalados deberá dar cumplimiento a las exigencias establecidas en el decreto supremo Nº307, de 1979 y 302, de 1980, ambos del Ministerio de Agricultura y la resolución Nº1.856, del Servicio Agrícola y Ganadero. Anótese, comuníquese y publíquese.- Lorenzo Caballero Urzúa, Director Nacional.

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