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قوانين تشيلي

Resolución Nº 1.822 - Suspende por un año la inscripción de las especies Anchoveta y Sardina común en el registro artesanal de la V a la X Regiones

صدر في 2000-08-18 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
تشيلي
الموضوعات
Fisheries and aquaculture
الكلمات المفتاحية
marine fisheries, marine fishes, seasons, fishing area, fishery management and conservation, aquatic animals

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النص

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  1. USPENDE TRANSITORIAMENTE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO ARTESANAL DE LA V A LA X REGIONES EN PESQUERIAS QUE INDICA Resolución Núm. 1.822.- Valparaíso, 18 de agosto de 2000.- Visto: Lo dispuesto en la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en el D.F.L. Nº 5 de 1983; los D.S. Nº 409 y Nº 410, ambos del 2000, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Considerando: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, cuando se declare una unidad de pesquería en estado de plena explotación y se encuentre transitoriamente cerrado su acceso, se deberá cerrar por igual período el Registro Artesanal en las regiones y especies correspondientes, en conformidad con lo señalado en el título relativo a la pesca artesanal. Que el D.S. Nº 409 del 2000, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, declara en estado y régimen de plena explotación a las especies Anchoveta Engraulis ringens y Sardina común Clupea bentincki, en el área marítima comprendida entre la V y X Regiones. Que mediante D.S. Nº 410 del 2000, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se suspendió la recepción de solicitudes y el otorgamiento de autorizaciones de pesca para las unidades de pesquería antes señaladas, por el lapso de un año contado desde la fecha de publicación del mencionado decreto en el Diario Oficial. Resuelvo : 1.- Suspéndese transitoriamente, por el período de un año a contar de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, la inscripción en el Registro Artesanal de la V a la X Regiones, en todas sus categorías, en la sección pesquería de las especies Anchoveta Engraulis ringens y Sardina común Clupea ben-tincki. 2.- Asimismo suspéndese, por igual período, las inscripciones en el Registro Artesanal de la V a la X Regiones, de todas las especies que constituyan fauna acompañante de los recursos Anchoveta Engraulis ringens y Sardina común Clupea bentincki, con red de cerco. Anótese, notifíquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría.- Daniel Albarrán Ruiz-Clavijo, Subsecretario de Pesca.

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