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Resolución exenta Nº 4.603 – Establece la estructura de gestión administrativa de las Reservas Marinas La Rinconada, Isla Chañaral e Islas Choros y Damas conforme sus Planes Generales de Administración

صدر في 2019-10-04 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
الدولة
تشيلي
الموضوعات
Sea, Wild species and ecosystems
الكلمات المفتاحية
marine area, marine protected areas, management/conservation, ecosystem conservation, protected area

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  1. ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE GESTIÔN ADMINISTRATIVA DE LAS RESERVAS MARINAS LA RINCONADA, ISLA CHANARAL E ISLAS CHOROS Y DAMAS CONFORME SUS PLANES GENERALES DE ADMINISTRACIÔN EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA. VALPARAISO, -; 2019 VISTOS: La hoja de envio N° 158114 de fecha 16 de septiembre de 2019, de la Unidad de Conservaciôn y Biodiversidad, que acompaiia el Informe Técnico para la elaboraciôn de la Resoluciôn que crea la estructura de Gestiôn Administrativa de las Reservas Marinas La Rinconada, Isla Chaiiaral e lslas Choros y Damas; la Ley General de Pesca y Acuicultura; el Decreto Supremo N° 238 del 2004, Reglamento sobre Parques Marinos y Reservas Marinas de la Ley General de Pesca y Acuicultura, del actual Ministerio de Economia, Fomento v Turismo; Decretos Supremos N° 522 de 1997, que crea la Reserva Marina La Rinconada en la Regiôn de Antofagasta, N° 150 de 2005, que crea la Reserva Marina Isla Chaiiaral en la Regiôn de Atacama, N° 151 de 2005, que crea la Reserva Marina lslas Choros y Damas en la Regiôn de Coquimbo, N° 96 del 27 julio 2012, N° 88 del 15 julio 2015 y N° 159 del 29 octubre 2015, que aprueban los Planes Generales de Administraciôn de las Reservas Marinas antes referidas, todos del actual Ministerio de Economfa Fomento Turismo; la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Ôrganos de la Administraciôn del Estado; y las resoluciones N°6 y 7 de 2019 de la Contralorfa General die la Republica que fijan normas sobre exenciôn del tramite de toma de razôn. CONSIDERANDO: 1. Que, a través de los Decretos Supremos N° 522 de 1997, N° 150 de 2005 y N° 151 de 2005, del actual Ministerio de Economia, Fomento y Turismo, se crearon en las Regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, las Reservas Marinas de La Rinconada, Isla Chaiiaral e lslas Choros y Damas. 2. Que, con posterioridad a la declaraci6n de las referidas Areas Protegida, se ap,robaron sus respectivos Planes Generales de Administraci6n a través de los Decretos Supremos N° 96 del 27 julio 2012, N° 88 del 15 julio 2015 y N° 159 del 29 octubre 2015. 3. Que, en términos generales, las Reservas Marinas tienen par objeto el resguardo y protecci6n los ambientes representativos de los sistemas marinas que son parte de ellas, de manera que se asegure el equilibrio y la continuidad de los procesos bio-ecol6gicos que ocurren en estas, a través de un manejo y usa sustentable de la biodiversidad y el patrimonio natural que existe en ellas. 4. Que, dentro de este contexto, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (en adelante, Sernapesca) tiene coma funci6n velar par el cumplimiento del objetivo de conse-rvaci6n y protecci6n indicado en el parrafo anterior y responsable de ejercer la tuici6n y aolministraci6n de las Reservas Marinas, de conformidad al articula 7 del O.S. N° 238 de 2004, Reglamento Sobre Parques Mari nos y Reservas Marinas de la Ley General de Pesca y Acuicultura y los articulas 2, N° 42 y 3, letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura (en adelanite, LGPA). S. Que, para efectos de administrar y ejercer la adecuada tuici6n de las Reserva:s Marinas, este Servicio debe estar a la dispuesto en los Plan General de Administraci6n (en aolelante, PGA) referidos en los considerandos anteriores, a través de los cuales se ordenan y circunscriben las acciones que puede y debe desarrollar Sernapesca para llevar a cabo la corredta administraci6n y tuici6n de la Reserva. 6. Que, en los mencionados Planes Generales de Administraci6n se establecen especfficamente los "Programas de Administraci6n de las Reservas", a través die los cuales se estatuye la necesidad de implementar una figura de planificaci6n, gestion administrativa y financiera de estas. 7. Que, actualmente en las Reservas Marinas de La Rinconada, Isla Chana rai e lslas Choros y Damas existe una figura de gobernanza local radicada en las Mesas de Traba1jo de cada una de las Reservas, las que corresponden a una instancia de participaci6n activa entre los representantes de las comunidades locales, pescadores artesanales, agrupaciones de conservaci6n, la academia, entes publicos y otras instituciones no gubernamentales vinculadas a las Areas puestas bajo Protecci6n Oficial. 8. Que, sin perjuicio de lo anterior, no existe a la fecha un acto administrativo que establezca una estructura formai definitiva de administracion y gobernanza en cumplimiento a lo dispuesto en los Planes Generales de Administracion de las Reservas Marinas Mencionadas. 9. Que, en consecuencia, este Servicio se encuentra actualmente en la necesidad de crear una estructura de gestion administrativa en las Reservas Marinas que permita facilitar y agilizar la toma de decisiones asegurando la participacion efectiva de los actores relevantes, de manera de dar una mayor legitimidad a los procesos de decision. 10. Que, al respecta, el " Informe Técnico para la elaboracion de la Resolucion que crea la estructura de Gestion Administrativa de las Reservas Marinas La Rinconad,a, Isla Chafiaral e lslas Choros y Damas", citado en Vistos, senalo la necesidad de "Creor d,e manera oficial una estructura de gestion administrativo constituida por los Comités de Gestion del PGA, Consultivo y de Administracion para las Reservas Marinas de La Rinconada, Isla Ch,afioral e lslos Choros y Damas, transformondo a los octua/es Mesas de Trabojo en instancias formoles de informaci6n y gobernanza local y de toma de decisiones relevantes para el cumplimiento de los objetivos de conservaci6n y el avance de los compromisos estab/ecidos en los PGA de coda una de estas Reservas Marinas. Forta/ecer y p.romover el accionar de estas instoncios de gobernanza local, dando un respoldo /ego/ a su funicionomiento. Validar dentro de esta nueva figura de administracion a la Mesa de Trabojo de la Reservo Marina a nive/ regional." 11. Que, por todo lo anterior y en ejecucion de los " Programas de Administracion" contenidos en los Planes General de Administracion de las Reservas Marinas de La Rinconada, Isla Chanaral e Isla Choros y Damas, aprobados por D.S. N° 96 de 2012, D.S. N° 88 del 15 julio 2015 y D.S. N° 159 del 29 octubre 2015 del Ministerio de Economia Fomenta y Turismo, que mandatan la creacion de una estructura de administracion y/u organizacion capaz de cumplir con los objetivos de las Reservas Marinas, se definen mediante la presente resolucion la regulacion que estructura y norma el marco general y configuracion de los comités mediante los cuales se ejecutarâ la gestion administrativa de las âreas puestas bajo protecci6n oficial que son de competencia de este Servicio. =====i• RESUELVO: 1. APRUÉBASE la estructura general de la gestion administrativa de las Reservas Marinas de La Rinconada, Isla Chaiiaral e Isla Choros y Damas mediante la creaci6n die los comités que pasan a indicarse a continuaciôn: • COMITÉ CONS,UL TIVO Comité regional que correspondera a la actual Mesa de Trabajo, dirigido par Sernapesca e integrad10 par representantes de actores locales y grupos de interés en la Reserva Marina. La funciôn de este Comité serâ mantener informados a sus integrantes de los avances en los PGA, entregar informaciôn sobre resultados de investigaciones cientificas y monitoreos de especies, levantar informaciôn respecta de requerimientos y expectativas de los participantes. Tendrâ 1condiciôn de consultivo, y serâ fuente de insumo de informaci6n para la definiciôn de criterios de administraci6n de la Reserva Marina. • COMITÉ DE ADMINISTRACIÔN Comité de administraci6n presidido par Sernapesca, e integrado par representantes de la institucionalidad p,ublica vinculada con acciones desarrolladas en la Reserva Marina. También tendra repreisentantes de la Academia y la integrara un representante del Comité Consultivo. Los integrantes de ambos comités, que a su vez son representantes de area, actividad o instituci6n, deberan ser definidos formalmente todos los aiios, en calidad de titular y suplente, los que seran los l'.micos con derecho a participar de las sesiones en representaciôn de su area u organizaci6n. A este Comité le correspondera la administraci6n de la Reserva Marina, debiendo velar por el avance del cumplimiento de los contenidos del PGA, su cronograma y actividades comprometidas, toma1ndo en consideraciôn los planteamientos del Comité Consultivo, en lo que fuere pertinente. • COMITÉ DE GESTIÔN DEL PGA El Comité de Gestion del PGA, integrado por la Direcciôn Nacional, Subdirecci6n Administrativa, Unidad de Conservaci6n y Biodiversidad, Directores Regionales y/o Encargados Regionales de las Heservas Marinas. Su funciôn sera detectar, evaluar y gestionar financiamiento interno y/o externo, y alianzas estratégicas para el desarrollo de los PGA de las Reservas Marinas bajo1 la tuiciôn del Sernapesca. ===~~ De acuerdo a lo expuesto, la estructura de Gestion Administrativa quedaria de la siguiente forma: Comité de Ges1tiôn del PGA (SERNAPESCA) ê Direcciôn Nacional 0 "ü ro z QJ Subdirecciôn Aidministrativa Unidad de Conservaciôn y Biodiversidad ~ Directores y Encargados Regionales de las Reservas Marinas Comité Consul1tivo Comité de Administraciôn SERNAPESCA SERNAPESCA Socios o Representantes de Pescadores Locales Subsecretaria de Pesca y Acuicultura. Socio o Ri~presentantes de Buzos Deportivos Socios o representantes Comunidad Local Socios o Representantes Escuela de Buceo (•) Prestadores de Servicio Turistico (*) Representante ONGs Municipalidad Local. Gobierno Regional. Armada o Direcciôn General del Territorio Maritimo y la Marina Mercante de Chile. ê Otros (lnstituciones) 0 Corporaciôn Nacional Foresta!. Servicio Nacional de Turismo. Servicio Agricola y Ganadero. Ministerio del Media Ambiente. Academia. ëii:, QJ a: v ~ z Representante del Comité Consultivo. (*): Si aplica. Il. La integraciôn, condiciones espedficas de funcionamiento y la periodicidad en que sesionaran los Comités Consultivos y de Administraciôn de cada Reserva Marina seran establecidos mediante resoluciôn de los Directores Regionales del Servicio correspondientes al territorio de su competencia . Ill. Dentro de los 90 dias habiles posteriores a la publicaciôn en el Diario Oficial del presente acta administrativo, La Direcciôn Nacional de este Servicio establecera mediante resoluciôn la integraciôn, condiciones espedficas de funcionamiento y la periodicidad en que sesionaran el Comité de Gestion del PGA (SERNAPESCA). 11[:;==:::11• IV. PUBLfQUESE en el Diario Oficial la presente resoluci6n conforme clispone el articulo 174 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, esto es en extracto, debiendo asimismo publicarse integramente en el sitio de dominio electr6nico del Servicio y de la Subsecretarfa de Pesca y Acuicultura. ANÔTESE, COMUNfQ.UESE, PUBLfQUESE EN EXTRACTO EN El DIARIO OFICIAL Y DESE CUMPLIMIENTO. ANÔTESE, PUBLfQUESE Y ARCHfVESE. JFO✓ DISTRIBUCIÔN: 1. Unidad de Conservaci6n y Biodiversidad. 2. Subdirecci6n Jurldic:a. 3. Direcci6n Regional de Pesca y Acuicultura, Regi6n de Antofagasta. 4. 0irecci6n Regional de Pesca y Acuicultura, Regi6n de Atacama. S. 0irecci6n Regional de Pesca y Acuicultura, Regi6n Coquimbo. 6. Oficina de Partes. K::=.::=:::::::J• EXTRACTO SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA. ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE GESTIÔN ADMINISTRATIVA DE LAS RESERVAS MARINAS LA RINCONADA, ISLA CHANARAL E ISLAS CHOROS Y DAMAS CONFORME SUS PLANES GENERALES DE ADMINISTRACIÔN EN l.OS TÉRMINOS QUE INDICA. Par resoluci6n exenta numero de fecha de este Servicio, se aprob6 la estructura de gestion administrativa de las Reservas Marinas La Rinconada, Isla Chana ml e lslas Choros y Damas conforme sus Planes Generales de Administraci6n. El texto fntegro de la presente resoluci6n, se publicara en el sitio de dominio electr6nico del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y la Subsecretarfa de Pesca y Acuicultura. Valparaîso, a Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. ~ JESSICA FUE ES OLMOS D.IR.ECTORA NACIONAL (S) SERV190 NAClONAL DE PESCA Y ACUlCULTURA

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