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قوانين تشيلي

Ley Nº 20.525 - Modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de aprovechamiento y beneficio de tiburones

صدر في 2011 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
قانون
المنظمة
European Union
الدولة
تشيلي
الموضوعات
Fisheries and aquaculture
الكلمات المفتاحية
marine fisheries, offences/penalties, fishery management and conservation, marine fishes, cartilaginous fishes, transshipment, aquatic animals

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  1. DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Nº 40.029 Sábado 6 de Agosto de 2011 Cuerpo I - 1 Santiago, Sábado 6 de Agosto de 2011 Edición de 2 Cuerpos DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 40.029. Año CXXXIV - Nº 320.108 (M.R.) LEYES, REGLAMENTOS Y DECRETOS DE ORDEN GENERAL S U M A R I O Ejemplar del día $375.- (IVA incluido) Atrasado $785.- (IVA incluido) Edición de 20 páginas I CUERPO Fundado el 15 de Noviembre de 1876 Normas Generales PODER LEGISLATIVO Ministerio de Economía, Fomento y Turismo SUBSECRETARÍA DE PESCA LEY NÚM. 20.525 MODIFICA LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA EN MATERIA DE APROVE CHAMIENTO Y BENEFICIO DE TIBURONES Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, inicia do en una moción de los Honorables Senadores señores Carlos Cantero Ojeda, José Antonio Gómez Urrutia, Antonio Horvath Kiss, Jaime Orpis Bouchon y Hosaín Sabag Castillo. Proyecto de ley: ‘‘Artículo único.- Modifícase la ley Nº 18.892, General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto supremo Nº 430, del Ministerio de Economía, Fomen to y Reconstrucción, de 1992, de la forma que se indica: 1) Agrégase el siguiente artículo 5º bis: ‘‘Artículo 5º bis.- Prohíbese la mutilación de las aletas de cualquier especie de tiburón, acción denomi nada aleteo o finning, a bordo de naves o embarcacio nes de pesca o su transbordo. Será obligatorio realizar el desembarque de las especies antes señaladas con sus aletas total o parcial mente adheridas a su cuerpo en forma natural. Si se encontrare una aleta de tiburón en una nave pesquera, sin que esté completa y naturalmente adosa da al tronco correspondiente, se presumirá que se ha contravenido lo dispuesto en este artículo.’’. 2) Agrégase el siguiente artículo 110 bis: ‘‘Artículo 110 bis.- Los armadores que infrinjan la prohibición a que se refiere el artículo 5º bis serán sancionados con multa de 50 a 500 unidades tributarias mensuales.’’. 3) Reemplázase en el artículo 111 la frase ‘‘del artículo anterior’’ por ‘‘de los artículos 110 y 110 bis’’. 4) Agrégase el siguiente artículo 121: ‘‘Artículo 121.- El procesamiento, transporte, ela boración, comercialización y almacenamiento de aletas obtenidas en contravención a la prohibición establecida en el artículo 5º bis serán sancionados con multa de 30 a 300 unidades tributarias mensua les y, además, con clausura del establecimiento o local en el que se hubiere cometido la infracción, hasta por un plazo de 30 días.’’.’’. Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancio narlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Normas Generales PODER LEGISLATIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Pesca Ley número 20.525.- Mo difica la Ley General de Pes ca y Acuicultura en materia de aprovechamiento y bene ficio de tiburones ........... P.1 PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE HACIENDA Servicio de Impuestos Internos Dirección Nacional E x t r a c t o d e r e s o l u c ión número 94 exen t a , de 2011 .......................... P.2 Tesorería General de la República Resolución número 2.961. Asigna a personas que indica como Abogados del Servicio de Tesorerías ................... P.2 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Pesca Decreto número 705 exen to.- Modifica decreto Nº 115 exento, de 1998, del Ministe rio de Economía, Fomento y Reconstrucción ................ P.2 Dirección Zonal de Pesca XI Región de Aysén Extracto de resolución nú mero 1 exenta, de 2011, que crea Consejo de Pesca Recrea tiva en la XI Región ........ P.3 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Departamento Provincial Educación Valparaíso e Isla de Pascua Resolución número 641 exenta.- Delega facultades que señala en encargado provin cial de inspección provincias de Valparaíso e Isla de Pascua ......................................... P.4 Departamento Provincial Educación San Felipe - Los Andes Resolución número 408 exenta.- Delega facultades que señala en encargados provin ciales de inspección ......... P.4 Departamento Provincial Educación Quillota - Petorca Resolución número 530 exenta.- Delega facultades que señala en encargado provin cial de inspección provincias Quillota - Petorca ............ P.5 MINISTERIO DE MINERÍA Decreto número 15.- Acep ta renuncia no voluntaria de doña Marisol Aguirre Tello al cargo de Secretaria Regional VI Región del Libertador Ber nardo O’Higgins .............. P.6 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Transportes Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana Extracto de resolución nú mero 1.521 exenta, de 2011, que prohíbe circulación de ve hículos motorizados en día y horario que indica ............ P.6 Extracto de resolución nú mero 1.522 exenta, de 2011, que prohíbe circulación de ve hículos motorizados en día y horario que indica ............ P.6 OTRAS ENTIDADES Servicio Nacional de Capacitación y Empleo Extractos de resoluciones números 6.034, 6.035, 6.173, 6.222, 6.223, 6.225, 6.226, 6.227 y 6.228 exentas, de 2011 ......................................... P.7 Cuerpo1(06-08).p65 05-08-2011, 17:461

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