تخطَّ إلى المحتوى
Nelum
قوانين تشيلي

Decreto Núm. 6 - Aprueba y oficializa clasificación de especies según estado de conservación, Décimo Tercer Proceso

صدر في 2017-03-16 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
الدولة
تشيلي
الموضوعات
Wild species and ecosystems
الكلمات المفتاحية
wild fauna, wild flora, classification/declassification, endangered species, protection of species, biodiversity

أين تقرؤه

    لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.

النص

نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.

  1. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 26-Ago-2017 Tipo Norma :Decreto 6 Fecha Publicación :02-06-2017 Fecha Promulgación :16-03-2017 Organismo :MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Título :APRUEBA Y OFICIALIZA CLASIFICACIÓN DE ESPECIES SEGÚN ESTADO DE CONSERVACIÓN, DÉCIMO TERCER PROCESO Tipo Versión :Única De : 02-06-2017 Inicio Vigencia :02-06-2017 Id Norma :1103641 URL :https://www.leychile.cl/N?i=1103641&f=2017-06-02&p= APRUEBA Y OFICIALIZA CLASIFICACIÓN DE ESPECIES SEGÚN ESTADO DE CONSERVACIÓN, DÉCIMO TERCER PROCESO Núm. 6.- Santiago, 16 de marzo de 2017. Vistos: El artículo 32 Nº 6, de la Constitución Política de la República; la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el DS Nº 29, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación; el Acuerdo Nº 8/2017, de 14 de marzo de 2017, del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad; los antecedentes que conforman el expediente del décimo tercer proceso de clasificación de especies silvestres; la resolución Nº 1.600, de 2008, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y la demás normativa aplicable, y Considerando: 1. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del DS Nº 29, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, con el pronunciamiento del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, la propuesta de clasificación de especies silvestres según su estado de conservación será elevada a la Presidente de la República para su aprobación y se oficializará mediante decreto supremo. 2. Que, por Acuerdo Nº 8/2017, de 14 de marzo de 2017, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad se pronunció favorablemente respecto a la propuesta definitiva de clasificación de especies elaborada en el marco del décimo tercer proceso de clasificación, la que fue sometida a consideración de la Presidenta de la República por intermedio de este Ministerio. 3. Que la referida propuesta de clasificación de especies fue elaborada en conformidad a los criterios y siguiendo el procedimiento previsto al efecto por el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres, aprobado por el DS Nº 29, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 37 de la ley 19.300. Decreto: Apruébese y oficialícese la siguiente clasificación de especies según estado de conservación, resultado del décimo tercer proceso de clasificación: PROPUESTA DE CLASIFICACIÓN DEFINITIVA DEL DÉCIMO TERCER PROCESO DE CLASIFICACIÓN DE ESPECIES Reino: ANIMALIA Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 26-Ago-2017 Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 26-Ago-2017 Reino: FUNGI (hongos y líquenes) Reino: PLANTAE Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Pablo Badenier Martínez, Ministro del Medio Ambiente. Lo que comunico a Ud. para los fines que estime pertinentes.- Jorge Canals de la Puente, Subsecretario del Medio Ambiente.

Decreto Núm. 6 - Aprueba y oficializa clasificación de especies según estado de conservación, Décimo Tercer Proceso · Nelum