Decreto Nº 55 - Declara infecto-contagiosa la enfermedad denominada Mixomatosis
صدر في 1998-06-01 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- European Union
- الدولة
- تشيلي
- الموضوعات
- Livestock
- الكلمات المفتاحية
- animal welfare, pests/diseases, hygiene/sanitary procedures, animal health
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Ministerio de Agricultura DECLARA INFECTO-CONTAGIOSA LA ENFERMEDAD DENOMINADA MIXOMATOSIS Santiago, 1 de junio de 1998.- Hoy se decretó lo que sigue: No. 55 exento.- Visto: lo informado por el Servicio Agrícola y Ganadero en su oficio ordinario No. 3.846, de 1998 y lo dispuesto en el DFL. RRA No. 16, de 1993; en el DFL. No. 294, de 1960, Orgánico del Ministerio de Agricultura; en la ley No. 18.755; en el No. 1, del artículo 1º, del decreto No. 186, de 1994, del Ministerio de Agricultura; en los artículos 32º, No. 8 y 35º de la Constitución Política de la República, y Considerando: 1.- Que se ha comprobado la presencia de focos de la enfermedad de los logomorfos denominada Mixomatosis en la provincia de Ultima Esperanza, de la Región de Magallanes y Antártica Chilena. 2.- Que la presencia de dicha enfermedad puede afectar el comercio internacional de animales y de productos de origen animal. 3.- Que por tal razón es necesario establecer medidas sanitarias que permitan prevenir y controlar dicha enfermedad, para lo cual resulta indispensable declararla previamente infecto-contagiosa, DECRETO : 1.- Declárase infecto-contagiosa y por consiguiente de denuncia obligatoria, la enfermedad de los logomorfos denominada Mixomatosis. 2.- Serán aplicables en la prevención y control de dicha enfermedad las normas del DFL. RRA No. 16, de 1963 y las medidas que al efecto disponga el Servicio Agrícola y Ganadero. Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Carlos Mladinich Alonso, Ministro de Agricultura.- Carlos Figueroa Serrano, Ministro del Interior.