Decreto Nº 43 - Establece área de manejo y explotación de recursos bentónicos para la X Región de Los Lagos
صدر في 2016-01-28 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
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- Spanish
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- الدولة
- تشيلي
- الموضوعات
- Fisheries and aquaculture
- الكلمات المفتاحية
- marine fisheries, fishing area, fishery management and conservation
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I scid 1)4/ 01 / 20 11.12;20 :0 ' 1111111 1111' 111 1111 1111 I 0 0 0 110 0 0 39 1 67 ESTABLECE AREA DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION DE LOS LAGOS. SANTIAGO. ¡ 8 ENE. 2016 D. EXEI\lIO N° 43 VISTO: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Const itución Política de la Repúbli ca; Las Leyes N° 18.880. N° 20.437 y N° 20.657; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 Y sus modificaciones, cuyo texto refundido. coordinado y sistemat izado fue fijado por el DS. N° 430 de 1991, el D.F.L. N° 5 de 1983 y el DS. N° 355 de 1995, t odos del act ual Ministeri o de Economía, Fomento y Turismo; el DS. N° 19 de 2001. del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el Of icio m .p,) ORD. N° 847 de fecha 3 de abr il de 2012, de la Subsecreta ría de Pesca y Acuicult ura; lo informado por la División de Administr ación Pesquera de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura en Inform e Técnico DAD N° 11/2015. conte nido en Memorándum DAD N° 08/2015, de fecha 21 de diciembre de 2015; lo informado por el Consejo Zonal de Pesca de la X Región en Informe de Areas de Manejo N° 64, contenido en Oficio ORD.lDZPIXlN° 348, de fecha 28 de noviembre de 2012; lo informado por la Subsecret aría para las Fuerzas Armadas, mediante Of icio SS.FF.AA. m .AA.MM,) ORD. N° 3523/1NT, de fecha 17 de junio de 2013; y la Resolución N° 1600 de 2008. de la Contra loría General de la República. CONSIDERANDO: 1.- Que el artículo 55 A de la Ley General de Pesca y Acuicul tura est ablece la facultad y el procedimiento para decretar áreas de manejo y explo tación de recursos bentó nicos. 2.- Que los informes de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Consejo Zonal de Pesca de la X Región, aprueban el establecimiento de un área de manejo en el secto r denominado Bajo Tiquia,en la X Región de Los Lagos. 3.- Que de conformidad con el artículo vigésimo segundo transitorio de la Ley 20.657, solamente se podrán establecer áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos cuya solicitud se haya realizado con anterioridad al9 de agosto de 2013. 2 8ENE. 2016 TERMINO DE TRAM1TAC 4.- Que así las cosas. corresponde decretar el establecimiento del área de manejo denominada Bajo Tiquia, cuya solic itud data del mes de abril de 2011, const ituyendo de esta manera en una excepción a la prohibición establecida en el artículo t ransitorio señalado precedenteme nte. 5.- Que se ha consultado esta medida de administración a la Subsecretaría para Las Fuerzas Armadas, de conformidad con lo dispuesto en el artíc ulo 6° del Os. N° 355 de 1995, citado en Visto. DE CR ETO: Artículo 1°. Estab lécese el área de manejo y explo tación de recursos bentó nicos denomin ada Bajo Tiquia, en la X Región de Los Lagos, en un área inscrita en la f igura ir regular , entre la línea de más baja marea y sus vért ices, cuyas coordenadas geográficas son las siguientes: PLANO DCP-305, ESC. 1:50.000, DATUM WGS- 84 PUNTOS LATITUD (S) LONGITUD (W) A 420 29' 53.10' 73 0 11' 23.70' B 420 29' 51.90' 73° lO' 46.20' C 42° 30' 14.70' 73° lO' 48.60' O 42° 30' 21.20' 730 11' 48.20' E 42° 30' 07.50' 730 11' 53.40' Artículo 2°.- Podrán optar a esta área de manejo y explotación de recursos bentónicos las organizaciones de pescadores artesanales legalmente const ituidas, de conformidad con lo establecido en los Títul os 111 y IV del OS. N° 355, de 1995, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Artículo 3°.- El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura solicit ará al Ministerio de Defensa Nacional la dest inación de esta área, una vez publi cado el presente Decreto en el Diario Oficial. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° del 0.5. N° 355 de 1995, del actua l Ministerio de Economía. Fomento y Turismo. ANÓTESE, COMUNíqUESE Y PUBLíQUESE EN EXTRACTO ENELDIARIOOFICIAL Y A TEXTO íNTEGRO ENLOSSITIOS DE DOMINIO ELECTRÓNICO DE LA SUBSECRETARíA DEPESCA Y ACUICULTURAY DEL SERVICIO NACIONAL DEPESCA Y ACUICULTURA. I I I L . " , " ,-,