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قوانين تشيلي

Decreto Nº 41 - Modifica Decreto Nº 95 de 2006, que creó la Comisión Asesora para la Industria Alimentaria Chilena

صدر في 2012-09-28 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
تشيلي
الموضوعات
Food and nutrition
الكلمات المفتاحية
institution, food safety and quality, governance

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  1. DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Nº 40.524 Miércoles 3 de Abril de 2013 Cuerpo I - 5 Zona ZR-8: Zona propensa a avalanchas. Las normas urbanísticas que aplicarán en esta zona cuando se cumpla con los requisitos que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construccio nes, serán las siguientes: Zona ZR-9: Zona inundable por quebradas, cursos de agua no canaliza dos. Las normas urbanísticas que aplicarán en esta zona cuando se cumpla con los requisitos que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construccio nes, serán las siguientes: Artículo 3°: Modifícase el Plano PR-04 denominado ‘‘Plan Regulador Comu nal de Villarrica’’, de la siguiente forma: a) En el área delimitada por el polígono A, B, C, D, E, F y A, reemplázanse las ‘‘Zonas Z-4, Z-4E y ZR-7’’, por la ‘‘Zona ZR-8’’. b) En el área delimitada por el polígono G, H, I y G, reemplázanse las “Zonas ZR 7 y Z-4E’’, por la ‘‘Zona ZR-9’’. Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Rodrigo Pérez Mackenna, Ministro de Vivienda y Urbanismo. Lo que transcribo para su conocimiento.- Juan Carlos Jobet Eluchans, Subse cretario de Vivienda y Urbanismo. Ministerio de Agricultura MODIFICA DECRETO Nº 95, DE 2006, QUE CREÓ LA COMISIÓN ASE SORA DEL MINISTRO DE AGRICULTURA PARA LA INDUSTRIA ALIMENTARIA CHILENA Núm. 41.- Santiago, 28 de septiembre de 2012.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 24 y 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; los artículos 1º, 3º y 5º de la Ley Orgánica Constitucional de la Administración del Estado; el DS Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. Considerando: Que se ha estimado conveniente complementar el decreto Nº 95, de 2006, del Ministerio de Agricultura, incorporando a la Comisión Asesora del Ministro de Agricultura para la Industria Alimentaria Chilena, un representante de la Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria, Achipia. Decreto: 1.- Modifícase el decreto Nº 95, de 2006, del Ministerio de Agricultura, que creó la Comisión Asesora del Ministro de Agricultura para la Industria Alimentaria Chilena, en su artículo Nº 3º, complementándose, en el sentido de agregar entre sus componentes el siguiente nuevo numeral Nº 30 que establece: “30. Director Ejecutivo de la Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria, Achipia”. 2.- En lo no modificado del decreto Nº 95, de 2006, del Ministerio de Agricultura, éste se mantiene vigente. Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Luis Mayol Bouchon, Ministro de Agricultura.- Alfredo Moreno Char me, Ministro de Relaciones Exteriores.- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.- Cristián Larroulet Vignau, Ministro Secretario General de la Presiden cia.- Pablo Longueira Montes, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.- Evelyn Matthei Fornet, Ministra del Trabajo y Previsión Social.- Jaime Mañalich Muxi, Ministro de Salud. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Álvaro Cruzat O., Subsecretario de Agricultura. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Secretaría Regional Ministerial VIII Región del Biobío APRUEBA GABINETE TÉCNICO Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE QUIRIHUE PARA OTORGAR LICENCIAS DE CONDUCIR (Resolución) Núm. 54 exenta.- Concepción, 12 de febrero de 2013.- Visto: Lo dispuesto en el DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.290, de Tránsito, DS Nº97/1984 y resolución Nº 249/1997, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, resolución Nº 55 de 1992, de Contraloría General de la República, Ord. Nº 597 de 06.07.2012 ingreso Nº 132-3 de fecha 09.07.2012, Ord. Nº 798 de fecha 28.09.2012 ingreso Nº 192-38 de fecha 08.10.2012, Ord. Nº 54 de fecha 16.01.2013, ingreso Nº 13-36 de fecha 08.10.2012, Ord. Nº 3.916 de fecha 09.08.2012 ingreso Nº 159-48 de fecha 17.08.2012, Ord. Nº 5.766 de fecha 21.11.2012 ingreso Nº 223-95 de fecha 23.11.2012, Ord. Nº 6.223 de fecha 14.12.2012 ingreso Nº 241-38 de fecha 19.12.2012, Ord. Nº 786 de fecha 05.02.2013 ingreso Nº 26-30 del 06.02.2013, memo Nº 144/2012 de fecha 31.10.2012; Considerando: 1.- Que, mediante Ord. Nº 597 de fecha 06.07.2012 ingreso Nº 132-3 de fecha 09.07.2012, Ord. Nº 798 de fecha 28.09.2012 ingreso Nº 192-38 de fecha 08.10.2012, Ord. Nº 54 de fecha 16.01.2013 ingreso Nº 13-36 de fecha 18.01.2013, el señor Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Quirihue solicitó autorización para el otorgamiento de licencias de conducir. 2.- Que, mediante Ord. Nº 3.916 de fecha 09.08.2012 ingreso Nº 159-48 de fecha 17.08.2012, Ord. Nº 5.766 de fecha 21.11.2012 ingreso Nº 223-95 de fecha 23.11.2012 y Nº 6.223 de fecha 14.12.2012 ingreso Nº 241-38 de fecha 19.12.2012 y Ord. Nº 786 de fecha 05.02.2013 ingreso Nº 26-30 de fecha 06.02.2013, el Jefe de la División de Normas y Operaciones, de la Subsecretaría de Transportes, ha informado que la Ilustre Municipalidad de Quirihue se encuentra con todas sus acreditaciones que corresponden y no presenta objeciones para la autorización del Gabinete Técnico. Resuelvo: 1.- Apruébase el Gabinete Técnico de la Ilustre Municipalidad de Quirihue, conforme a las disposiciones del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fijó texto refundido, coordi nado y sistematizado de la Ley Nº 18.290, de Tránsito, y sus reglamentos. 2.- Autorízase a la Ilustre Municipalidad de Quirihue para otorgar licencia de conductor, conforme a las disposiciones del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fijó texto refundido y sistematizado de la Ley Nº 18.290, de Tránsito, y sus reglamentos. CP1 PAG.P65 02-04-2013, 18:465

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