Decreto Nº 357 - Declara Normas Oficiales de la República de Chile las que indica
صدر في 2009-06-26 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- European Union
- الدولة
- تشيلي
- الموضوعات
- Food and nutrition
- الكلمات المفتاحية
- food safety and quality, standards, milk/dairy products
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Decreto 357 EXENTO, AGRICULTURA (2009) Decreto 357 EXENTO, AGRICULTURA (2009) Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 31-May-2025 página 1 de 1 Decreto 357 EXENTO DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPÚBLICA DE CHILE LAS QUE INDICA MINISTERIO DE AGRICULTURA Publicación: 10-JUL-2009 | Promulgación: 26-JUN-2009 Versión: Única De : 10-JUL-2009 Url Corta: https://bcn.cl/3mqtp DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPÚBLICA DE CHILE LAS QUE INDICA Santiago, 26 de junio de 2009.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 357 exento.- Visto: Lo solicitado por el Instituto Nacional de Normalización en su oficio Nº3000-0476-07, de fecha 28 de agosto de 2007 y lo dispuesto en los decretos Nº456, de 1968 y Nº186, de 1994, ambos del Ministerio de Agricultura; en el DFL Nº294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, orgánico del Ministerio de Agricultura y la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. Artículo 1.- Declárase Normas Oficiales de la República de Chile, las siguientes normas chilenas, con su respectivo código y título de identificación: NCh3070.Of2007 Leche - Determinación del contenido de lactulosa - Método enzimático. NCh3075.Of2007 Leche - Determinación del contenido de urea - Método enzimático utilizando la diferencia de pH (Método de referencia). Artículo 2.- El presente decreto se publicará en el Diario Oficial. Las normas identificadas en él tendrán vigencia a partir de la fecha de su publicación. Artículo 3.- El texto íntegro de las normas será publicado en documentos oficiales del Instituto Nacional de Normalización. Artículo 4.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de dichas normas, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y, además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares a este Ministerio. Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Marigen Hornkohl Venegas, Ministra de Agricultura. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Reinaldo Ruiz V., Subsecretario de Agricultura. https://www.leychile.cl/ Encabezado ARTíCULO 1 ARTíCULO 2 ARTíCULO 3 ARTíCULO 4 Promulgación