Decreto Nº 338 - Modifica el Decreto Nº 721, que establece áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos para la X Región
صدر في 2002-05-06 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- European Union
- الدولة
- تشيلي
- الموضوعات
- Fisheries and aquaculture
- الكلمات المفتاحية
- marine fisheries, fishing area, fishery management and conservation
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Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción SUBSECRETARIA DE PESCA MODIFICA DECRETO Nº 721 EXENTO, DE 2001 Decreto Núm. 338 exento.- Santiago, 6 de mayo de 2002.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República; el D.F.L. Nº 5, de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones posteriores, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el decreto exento Nº 721 del 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; y el Memorándum Nº 0099 de 8 de febrero del 2002 del Departamento de Coordinación Pesquera de la Subsecretaría; el D.S. Nº 19 del 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República. Considerando: Que el artículo 1º, numerales 1) y 2) del decreto exento Nº 721 del 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción estableció áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos en los sectores denominados respectivamente Canal Dalcahue Sector A y Canal Dalcahue Sector B, X Región. Que se incurrió en un error tipográfico en los numerales 1) y 2) del artículo 1º del decreto exento citado anteriormente. Decreto : Artículo 1º.- Modifícanse los numerales 1) y 2) del artículo 1º del decreto exento Nº 721 del 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que estableció áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos en los sectores denominados respectivamente Canal Dalcahue Sector A y Canal Dalcahue Sector B, X Región, en el sentido siguiente: substitúyase la expresión "ESC 1:30.000" por la expresión "ESC 1:20.000". Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Sr. Presidente de la República, Jorge Rodríguez Grossi, Ministro de Economía y Energía. Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Felipe Sandoval Precht, Subsecretario de Pesca.