Decreto Nº 292 - Areas de manejo y explotación de recursos bentónicos para la I Región
صدر في 2002-04-04 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- European Union
- الدولة
- تشيلي
- الموضوعات
- Fisheries and aquaculture
- الكلمات المفتاحية
- marine fisheries, fishing area, fishery management and conservation
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SUBSECRETARIA DE PESCA ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA I REGION. DEJA SIN EFECTO DECRETO QUE INDICA Decreto Núm. 292 exento.- Santiago, 4 de abril de 2002.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República; el D.F.L. Nº 5, de 1983; la ley Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; los D.S. Nº 355, de 1995, Nº 210 y Nº 719, ambos de 1998, Nº 262 y Nº 608, ambos de 2000, Nº 69 de 2001 y el D.E. Nº 933 de 2001, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; lo informado por la División de Desarrollo Pesquero de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum Nº 0072 de 24 de enero de 2002; por el Consejo Zonal de Pesca de la I y II Regiones mediante Oficio Ord./ZI Nº 015, de 20 de marzo de 2001; por la Subsecretaría de Marina mediante Oficio S.S.M. Nº 12210/4705 SSP, de 16 de octubre de 2001; por el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada mediante Oficio SHOA Ordinario Nº 13000/222 S.S.P., de 28 de noviembre de 2001; D.S. Nº 19 de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República; el D.S. Nº 94 de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Considerando: Que el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para establecer áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos. Que los informes técnicos de la Subsecretaría de Pesca y el Consejo Zonal de Pesca de la I y II Regiones aprueban el establecimiento de un área de manejo correspondiente a Río Seco, Sector A y Sector B. Que se ha consultado esta medida de administración a la Subsecretaría de Marina de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º del D.S. Nº 355, de 1995, citado en Visto. Decreto: Artículo 1º.- Establécense las siguientes áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos, en los Sectores de la I Región que a continuación se indican: 1) En el sector denominado Río Seco, un área inscrita en la figura irregular, entre la línea de la costa y los vértices cuyas coordenadas son las siguientes: Sector A (CARTA SHOA Nº 1241; ESC. 1:15.000; 4ª ED. 1993) Vértice Latitud S. Longitud W. A 20°58'42,00" 70°09'30,00" B 20°58'42,00" 70°09'45,80" C 20°58'58,30" 70°09'34,35" D 20°58'58,30" 70°09'18,50" 2) En el sector denominado Río Seco, un área inscrita en la figura irregular, entre la línea de la costa y los vértices cuyas coordenadas son las siguientes: Sector B (CARTA SHOA Nº 1241; ESC. 1:15.000; 4ª ED. 1993) Vértice Latitud S. Longitud W. A 20°59'19,00" 70°09'19,80" B 20°59'19,00" 70°09'35,50" C 20°59'55,50" 70°10'10,50" D 20°59'55,50" 70°09'54,90" Artículo 2º.- Podrán optar a estas áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos las organizaciones de pescadores artesanales legalmente constituidas, de conformidad con lo establecido en los Títulos III y IV del D.S. Nº 355, de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Artículo 3º.- El Servicio Nacional de Pesca solicitará al Ministerio de Defensa Nacional la destinaciones de estas áreas, una vez publicado el presente decreto en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 6º del D.S. Nº 355, de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Artículo 4º.- Dejáse sin efecto el decreto supremo Nº 94 del 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, sin tramitar, en virtud del contenido del presente decreto. Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Sr. Presidente de la República, Jorge Rodríguez Grossi, Ministro de Economía y Energía. Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Felipe Sandoval Precht, Subsecretario de Pesca.