تخطَّ إلى المحتوى
Nelum
قوانين تشيلي

Decreto Nº 179 - Establece área de manejo y explotación de recursos bentónicos para la XIV Región de Los Ríos

صدر في 2013-02-06 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
تشيلي
الموضوعات
Fisheries and aquaculture
الكلمات المفتاحية
marine fisheries, molluscs, fishing area, fishery management and conservation

أين تقرؤه

    لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.

النص

نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.

  1. MINISTERIO DE ECONOMIA FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y A.CUICULT RA AMERB Hueicolla·Sur, XIV Reg16n { <. •' • ) ESTABLECE ÂREA DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA XIV REGION DE LOS Rios. SANTIAGO, 0 6 f EB. 2013 D. EXENTO N° 'i r; 9 VISTO: Lo dispuesto en el artîculo 32 N° 6 de la Consti tuci6n Polîtica de la Repüblica; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el O.S. N° 430 de 1991, del Ministerio de Economîa, Fomenta y Reconstrucci6n; la Ley N° 19A92; el D.F.l. N° 5, de 1983; el O.S. N° 355 de 1995, y sus modificaciones, todos del Ministerio de Economîa, Fomenta y Reconstrucci6n; los Oficios (D.P.) ORO. N° 975 de fecha 11 de junio de 2008 y N° 1482 de fecha 15 de julio de 2009, ambos de la Subsecretarîa de Pesca y Acuicultura; lo informado por la Division de Administraci6n Pesquera de la Subsecretarîa de Pesca y Acuicultura en Informe Técnico DAO N° 12/2010, contenido en Memorandum DAO N° 12/2010 de fecha 17 de diciembre de 2010; lo informado por el Consejo Zonal de Pesca de la XIV Regi6n mediante Oficio ORO./Z4(N° 104/2009, de fecha 2 de junio de 2009; lo informado por la Subsecretarîa para las Fuerzas Armadas, mediante Oficio SS.FF.AA. ORO. N° 6025/4922/SSP, de fecha 9 de noviembre de 2009; el O.S. N° 19 de 2001, del Ministerio Secretarîa General de la Presidencia; y la Resoluci6n N° 1600 de 2008, de la Contralorîa Genera l de la Republica. C O l',I S I D E R A N D 0: Que el artîculo 55 A de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para decretar areas de manejo y explotaci6n de recursos bent6nicos. Que el informe técnico de la Subsecretarîa de Pesca y Acuicultura aprueba el establecimiento de un area de manejo en el sector denominado Hueicolla Sur, en la XIV Regi6n de Los Rîos. · · Que no obstante lo anterior, el Consejo Zonal de Pesca emiti6 su pronunciamiento sin cumplir con los requisitos exigidos en el O.S. N° 355 de 1995, del Ministerio de Economîa, Fomenta y Reconstrucci6n, y sus modificaciones, por lo que al no ser evacuado conforme a derecho dentro ciel plazo establecido en el artîculo 151 inciso 3° de la Ley General de Pesca y Acuicul tura, este Ministerio prescindira de dicho informe para el establecimiento del area de manejo y explotaci6n de recursos bent6nicos, de acuerdo con la facultad contenida en la norma ya citada. OF!CINA DE PARTES ;;-;-:-·- . ·· -.:::~oMIA, f:o· -~ ll"'-s u 8 .' ..• :.. ;\., -. r-1 ET. 1\ R.;.;.IA.,; .;;D;.;;E~PE,;:;:;::S.;:C':.t,...l{;v '-J ,,}-~~ '\: ~\ 0-F-IC-IA L 0 0 6 FEB 2013 DE PARTES TERMINO DE TAAMITACIO Que se ha consultado esta medida de administraci6n a la Subsecretarîa de Marina, hoy Subsecretarîa para Las Fuerzas Armadas, de conformidad con lo dispuesto en el artîculo 6° del O.S. N° 355 de 1995, ci tado en Visto. DEC RETO: Artfoulo 1 °.- Establécese el ârea de manejo y explotaci6n de recursos bent6nicos denominada Hueicolla Sur, en la XIV Regi6n de Los R\os, en un ârea inscrita en la figura irregular, entre la lînea de mâs baja marea y sus vértices, cuyas coordenadas geogrâficas son las siguientes: PLANO XIV-O5-SSP, ESCALA 1120.000, DATUM WGS-84 PUNTOS LATITUD(S) LONGITUD(W) A 40° 11' 47.67" 073° 42' 12.93" B 40° 11' 35.17" 073° 42' 24.38" C 40° 11' 13.85" 073° 41' 52.67" D 40° 11' 31.46" 073° 41' 42.87" Arfü:ulo 2°.- Podrân optar a esta ârea de manejo y explotaci6n de recursos bent6nicos las organizaciones de pescadores artesanales legalmente constituidas, de conformidad con lo establecido en los Tîtulos Ill y IV del O.S. N° 355, de 1995, del Ministerio de Economîa, Fomenta y Reconstrucci6n. Artiçulo 3°.- El Servicio Nacional de Pesca y Acuicult ura solicitarâ al Ministerio de Oefensa Nacional la destinaci6n de esta ârea, una vez publicado el presente Oecreto en el Oiario Oficial, de conformidad con lo dispuesto en el artîculo 6° ciel O.S. N° 355 de 1995, del Ministerio de Econornîa, Fomenta y Reconstrucci6n. ANÔTESE, COMUNÏQUESE Y PUBLÏQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL Y A TEXTO ÎNTEGRO EN LOS SITIOS DE DOMINIO ELECTR~NICO DE LA SUBSECRETARÏA DE PESCA Y ACUICULTURA Y DEL SERVICIO NACl~NAL DE PESCA Y ACUICULTURA. POR ORDEN DEL PRESIDENTE DE LA REPÜBLICA 6'r\lTES Ministro cle Econo - · y Turismo / • o 1.1 WJ t rn nscribo ;;, 1 .Id., Piua su cQrhOC.I n)lento

Decreto Nº 179 - Establece área de manejo y explotación de recursos bentónicos para la XIV Región de Los Ríos · Nelum