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قوانين تشيلي

Decreto Nº 1746 Exento - Declara regiones que indica en emergencia preventiva

صدر في 2023-08-18 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
الدولة
تشيلي
الموضوعات
Water
الكلمات المفتاحية
flood, hazards, risk assessment/management, early warning system

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  1. Decreto 1746 EXENTO, INTERIOR (2023) Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 25-Ago-2023 página 1 de 2 Decreto 1746 EXENTO DECLARA REGIONES QUE INDICA EN EMERGENCIA PREVENTIVA MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA; SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Fecha Publicación: 19-AGO-2023 | Fecha Promulgación: 18-AGO-2023 Tipo Versión: Única De : 19-AGO-2023 Url Corta: https://bcn.cl/3eolg DECLARA REGIONES QUE INDICA EN EMERGENCIA PREVENTIVA Núm. 1.746 exento.- Santiago, 18 de agosto de 2023. Vistos: El decreto N° 104, de 1977, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la ley N° 16.282; la Ley N° 21.364, que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, sustituye la Oficina Nacional de Emergencia por el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, y adecúa normas que indica; el oficio N° 1.697, de 2023, del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres; y las resoluciones N° 7 de 2019 y N° 4 de 2022, ambas de la Contraloría General de la República. Considerando: 1.- Que, el artículo 11 de la ley N° 21.364, de la declaración de Emergencia Preventiva, establece que: "Sin perjuicio del funcionamiento de los Comités en las Fases de Mitigación y Preparación, en el caso que el Servicio informe que una zona se ve afectada por un riesgo de emergencia, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública podrá declararla en emergencia preventiva, y deberá actuar en coordinación con el Presidente del Comité Regional respectivo. La declaración de emergencia preventiva será fundada y expedida por decreto del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, "por orden del Presidente de la República". A partir de ese momento, podrá aplicar todas las disposiciones establecidas en el decreto supremo N° 104, de 1977, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la Ley N° 16.282, que fija disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes.". 2.- Que, el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, mediante el oficio N° 1.697, de 2023, informó que la Dirección Meteorológica de Chile, ha emitido una alarma y alerta meteorológica, que pronostica la ocurrencia de precipitaciones intensas con isoterma cero alta en el tramo cordillerano de la Región Metropolitana y en los tramos precordillerano y cordillerano de las regiones de O'Higgins y Maule; además de precipitaciones moderadas a fuertes en diversos territorios entre las regiones de Valparaíso y Biobío. 3.- Que, a través del referido oficio, el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastre solicitó evaluar la declaración de emergencia preventiva por amenaza meteorológica entre las regiones de Valparaíso y Biobío, entre el 19 y 25 de agosto del año 2023. 4.- Que, por consiguiente, es necesario fortalecer las coordinaciones entre los organismos integrantes del Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, permitiendo una oportuna, efectiva y eficiente actuación, y la adopción de las medidas preventivas indispensables que permitan hacer frente al sistema frontal cálido que ha ingresado en el territorio nacional. Decreto: https://www.leychile.cl/ Decreto 1746 EXENTO, INTERIOR (2023) Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 25-Ago-2023 página 2 de 2 Declárese a las regiones de Valparaíso; Metropolitana; del Libertador Bernardo O'Higgins; del Maule; de Ñuble y del Biobío, en emergencia preventiva entre los días 19 y 25 de agosto del año 2023. Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Carolina Tohá Morales, Ministra del Interior y Seguridad Pública. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Manuel Zacarías Monsalve Benavides, Subsecretario del Interior. https://www.leychile.cl/

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