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قوانين بوليفيا

Ley Nº 3.720 - Participación de la Corporación Minera de Bolivia en la cadena productiva

صدر في 2007-07-31 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

research.laws.repealedOn

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
قانون
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بوليفيا
الموضوعات
Mineral resources
الكلمات المفتاحية
mining, exploration, institution, governance
الفئات
metals-base, metals-precious, minerals-critical

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النص

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  1. ARTICULO 1°.- La Corporación Minera de Bolivia participará directamente en la cadena productiva con las siguientes funciones: a) Prospección y exploración; b) Explotación; c) Concentración; d) Fundición y refinación e) Comercialización de minerales y metales; f) Administrar las áreas fiscales.

  2. ARTICULO 2°.- Se respetan los contratos suscritos por la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL), en el marco de las leyes actuales.

  3. ARTICULO 3°.- Se deroga el artículo 91 del Código de Minería, en las partes contrarias a la presente Ley. Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de julio de dos mil siete años. Fdo. José Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Femando Rodríguez Calvo, Tito Carrazana Baldiviezo, Filemón Aruni Gonzáles, Orlando P. Miranda Valverde. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil siete años. FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto R Echazú Alvarado.

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